Artículo 366: "El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida, de la población son finalidades sociales del Estado" y que "será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable".
Artículo 49: "La atención de la salud y el saneamiento ambiental, son servicios públicos a cargo del Estado", y se debe "garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud". Además, "toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad".
Artículo 79: Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, para lo cual la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla.
"Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones". Establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el SGSSS (Resolución 5261 de 1994), incluyendo criterios de accesibilidad, calidad y uso racional de los servicios.
La Ley 1122 de 2007 fortaleció estos aspectos con énfasis en el equilibrio financiero, la inspección, vigilancia y control, y la organización de redes de servicios.
Regula aspectos entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables de pago. Artículo 3: Define el Modelo de Atención, abarcando la organización, integralidad y orientación de las actividades de salud. Artículo 5: Incluye requisitos mínimos para prestadores de servicios.
"Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud". Propone un modelo de prestación de servicios inclusivo, equitativo y de mayor calidad.
Establecido a partir del Decreto 1011 de 2006 y actualizado por el Decreto 903 de 2014 y la Resolución 2082 de 2014. Consagra el "Modelo de Prestación de Servicios" como instrumento clave para la atención asistencial.
"Ley Estatutaria de la Salud". Busca garantizar el derecho a la salud, regularlo y establecer mecanismos de protección, reorientando las prioridades del sistema hacia el beneficio del ciudadano.
"Plan de Desarrollo 2014 – 2018". Faculta al Ministerio de Salud y Protección Social para definir la Política de Atención Integral en Salud, con enfoque de atención primaria, salud familiar y comunitaria.
Todos estos marcos legales se implementan en la IPS UNIDAD MÉDICA ESPÍRITU SANTO E.U., garantizando que los servicios ofrecidos cumplan con los estándares de calidad, equidad e inclusión establecidos por la normativa vigente.